Confirman tres años de cárcel por arrancar un trozo de oreja a otro de un mordisco en una pelea en Málaga

Confirman tres años de cárcel por arrancar un trozo de oreja a otro de un mordisco en una pelea en Málaga

Este fin de semana se produce el cambio de hora, con la puesta del reloj una hora atrás en la madrugada del sábado, como ocurre anualmente en la mayor parte de Europa.

En otro plano, Israel anunció que, por primera vez, logró interceptar un misil lanzado desde Yemen, demostrando la eficacia de sus sistemas de defensa aérea en medio de la creciente tensión en la región.

En Andalucía, el Tribunal Superior de Justicia (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga contra un hombre condenado a tres años y medio de prisión y al pago de una indemnización de 16.591 euros a la víctima.

Detalles del caso en Ronda

Los hechos se remontan a una pelea que tuvo lugar cerca de una discoteca en la localidad malagueña de Ronda. Según la resolución del TSJA, la discusión entre el acusado y la víctima —cuyas motivaciones siguen sin conocerse— derivó en un forcejeo que los hizo caer sobre una jardinera.

Puntos Clave
  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la sentencia de tres años y medio de prisión contra el agresor y la obligación de pagar 16 591 euros en indemnización a la víctima
  • El delito consistió en que, durante una pelea cerca de una discoteca en Ronda, el acusado mordió la oreja izquierda de la víctima, arrancándole un fragmento de tejido y escupiéndolo, y también le fracturó la tercera falange del dedo índice de la mano derecha
  • El recurso de la defensa, que alegaba una supuesta agresión previa de la víctima, fue desestimado por falta de pruebas y por

Aprovechando el momento, el acusado mordió a la víctima en la oreja izquierda, arrancándole un fragmento de tejido y escupiéndolo después. Además, el ataque provocó la fractura de la tercera falange del dedo índice de la mano derecha de la víctima, requiriendo tratamiento médico, ingreso hospitalario y dejando secuelas permanentes.

El juzgado consideró probados los hechos y desestimó el recurso presentado por la defensa, que sostenía que el acusado solo había respondido a un supuesto ataque previo. El tribunal señaló que la evidencia no demostraba la existencia de un acometimiento previo por parte de la víctima y que, aun de haberse producido, la reacción del acusado no podía considerarse proporcional.

Alejandro Martínez Pérez
Alejandro Martínez Pérez Periodista

Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra. Con más de 12 años de experiencia cubriendo política internacional y derechos humanos. Especialista en investigación periodística y análisis de políticas públicas.

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